Lo básico: 16 semanas para cada uno

16

Semanas para el progenitor que da a luz

O para el progenitor adoptante en adopción monoparental. Mínimo 6 obligatorias e ininterrumpidas justo después del nacimiento.

16

Semanas para el otro progenitor

Misma duración desde 2021. Mínimo 6 obligatorias e ininterrumpidas a partir del nacimiento. Las 10 restantes, flexibles.

Esta equiparación es un derecho individual de cada progenitor — no se puede transferir al otro. Si uno no lo usa, se pierde. El objetivo era que ambos padres/madres pudieran quedarse en casa con el bebé en las mismas condiciones.

La estructura de las 16 semanas

Distribución del permiso
Semanas 1-6 Obligatorias e ininterrumpidas. Deben disfrutarse de forma continua justo después del nacimiento (o adopción/acogida). No pueden fraccionarse ni aplazarse.
Semanas 7-16 Flexibles. Las 10 semanas restantes pueden disfrutarse de forma acumulada (seguidas) o a jornada reducida al 50%, hasta que el hijo tenga 12 meses. Con preaviso de 15 días a la empresa.

Cuánto cobras durante el permiso

La prestación es el 100% de la base reguladora. A efectos prácticos, equivale aproximadamente al 100% de tu salario bruto — más exactamente, a la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior dividida entre los días del mes.

Eso significa que durante el permiso no cobras menos que trabajando. La prestación la paga la Seguridad Social (INSS) directamente, aunque en muchos casos el INSS paga a la empresa y esta te ingresa tu nómina habitual (pago delegado).

Importante sobre el IRPF

La prestación por maternidad/paternidad estuvo exenta de IRPF durante muchos años. Eso cambió: actualmente tributa como rendimiento del trabajo. Aparecerá en tus datos fiscales y deberás incluirla en la declaración de la renta. Sin embargo, al coincidir muchas veces con el año en que nace un hijo (con la deducción por maternidad y los mínimos familiares), la carga fiscal puede ser menor de lo esperado.

Requisitos para cobrar la prestación

Edad en la fecha del parto/adopción Cotización mínima exigida
Menor de 21 añosSin requisito de cotización
Entre 21 y 26 años90 días cotizados en los últimos 7 años
o 180 días a lo largo de la vida laboral
Mayor de 26 años180 días en los últimos 7 años
o 360 días a lo largo de la vida laboral

Además debes estar de alta (o en situación asimilada al alta) en la Seguridad Social en el momento del nacimiento. Los autónomos también tienen derecho, con los mismos requisitos.

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Cómo solicitarlo paso a paso

1
Avisa a tu empresa con la mayor antelación posible

Para las 6 semanas obligatorias, comunícalo antes del parto. Para las 10 semanas flexibles, debes avisar con al menos 15 días de antelación cada vez que vayas a disfrutarlas.

2
Solicita la prestación al INSS

A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (tu.seg-social.es) → "Prestaciones" → "Por nacimiento y cuidado de menor". Necesitas certificado digital, DNIe o Cl@ve. También puedes solicitarla en persona en una oficina de la Seguridad Social.

3
Documenta el nacimiento o la adopción

Para nacimiento: el libro de familia o certificado de nacimiento es suficiente. Para adopción o acogida: la resolución judicial o administrativa correspondiente.

4
Para las semanas flexibles: notifica cada período con 15 días de antelación

Las 10 semanas no obligatorias requieren comunicación previa a la empresa y actualización de la solicitud al INSS. No se activan automáticamente — tienes que pedirlas.

Otros permisos y ayudas que existen además del permiso principal

Real Decreto-Ley 6/2019 de medidas urgentes para la igualdad (iguala los permisos). Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS). Requisitos vigentes 2026 — verificar en tu.seg-social.es.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas semanas de permiso hay en España?

16 semanas para cada progenitor, desde 2021. Las primeras 6 son obligatorias e ininterrumpidas desde el nacimiento. Las 10 restantes son flexibles — se pueden disfrutar hasta que el hijo cumple 12 meses, con preaviso de 15 días a la empresa.

¿Cuánto se cobra durante el permiso?

El 100% de la base reguladora, que equivale aproximadamente al 100% del salario bruto. Lo paga la Seguridad Social (INSS), no la empresa. La prestación sí tributa como rendimiento del trabajo en el IRPF.

¿Cuándo se puede pedir el permiso de paternidad?

Las 6 semanas obligatorias deben iniciarse inmediatamente después del nacimiento. Las 10 semanas flexibles pueden disfrutarse hasta que el hijo cumpla 12 meses, notificando a la empresa con 15 días de antelación.

¿Se puede cobrar el permiso si soy autónomo?

Sí. Los autónomos tienen el mismo derecho a 16 semanas con el 100% de la base de cotización elegida. Requiere estar al corriente en las cuotas a la Seguridad Social y cumplir el período mínimo de cotización según la edad.

¿Qué requisitos hay para cobrar el permiso?

Depende de la edad: menores de 21 años, sin requisito; entre 21 y 26, 90 días cotizados en los últimos 7 años; mayores de 26, 180 días en los últimos 7 años. También hay que estar en alta en la Seguridad Social en el momento del nacimiento.

Las prestaciones que te corresponden existen.
Solo hay que saber pedirlas antes de que caduquen.

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